Licencia Publica General GNU-GPL y su Uso en el Sector Público del Paraguay

10:19 en Noticias de Ricardo Aveiro

Asunción, 2 de abril de 2012

Señor

Nicolás Caballero, Asesor

Asesoría Innovación Tecnológica

Gabinete Civil- Presidencia de la República.

Presente

La Consultoría-Asesoría Jurídica que ha solicitado la Asesoría a su cargo, se dirige a Usted a los efectos de emitir Dictamen sobre la compatibilidad de la Licencia Pública General GNU (GNU-GPL) con la ley Nº 1328/98 de “Derecho de autor y Derechos Conexos” y las demás leyes que forman parte de la legislación nacional vigente.

Que, considerando a los siguientes documentos base para el análisis sobre la validez de la licencia GPL en la legislación nacional y la compatibilidad:

  1. Tratados Internacionales ratificados por nuestro país. La Convención de Berna, el Tratado OMPI sobre Derechos de Autor y los acuerdos sobre Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC).

  2. Ley Nº 1328/98 de “Derecho de autor y Derechos Conexos”.

  3. Decreto del Poder Ejecutivo 4911/10 Por el cual se crea la Comisión Presidencial para la Incorporación de las tecnologías de la Información y la comunicación al sistema educativo nacional, como instancia impulsora para la implementación de políticas públicas que garanticen el acceso a las tecnologías de la información y comunicación y desarrollen acciones tendientes a la disminución de la brecha digital.

  4. Decreto del Poder Ejecutivo 4930/10 que modifica el Art 2 del decreto 4911 y establece en cuanto sigue “La Comisión Presidencial para la incorporación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación del Sistema Educativo Nacional, tendrá por objeto coordinar y promover acciones que faciliten una implementación efectiva de las políticas de gobierno entre los diferentes sectores involucrados en la temática, empleando preferentemente soluciones de Software Libre y Código Abierto”.

  5. Decreto del Poder Ejecutivo 7706/11 por lo cual se aprueba el Plan Director de Tecnologías de la información y comunicación (TICs) del Poder Ejecutivo.

  6. GNU GENERAL PUBLIC LICENSE Version 3/2007 Free Software Foundation (FSF).

  7. Trabajo investigativo sobre el Software libre y su implementación por la administración publica en Paraguay. Jorge Angulo. Versión 2009.

  8. Ensayos sobre Software libre” de los autores más referentes de esta sentencia: Jesús González Barahona y Pedro de las Heras Quirós. El ISBN 84-9772-402-X. Año 2004.

  9. Estudo sobre o software libre. Joaquin Falcao. 2005

Que, en resumen, a partir de un análisis y estudio pormenorizado del tema en cuestión, esta Asesoría despunta:

Que, la OrganizaciónMundialdelaPropiedadIntelectual (OMPI) ha definido programa de computación o software como “un conjunto de instrucciones que, cuando se incorpora en un soporte legible por máquina, puede hacer que una máquina con capacidad para el tratamiento de la información indique, realice o consiga una función, tarea o resultados determinados“.

Que, actualmente, se discute si el software debe ser protegido jurídicamente mediante patentes, modelos industriales, o un sistema sui generis; sin embargo, en general, se ha optado por su protección a través del derecho de autor o copyrigth, según si se prefiere la tradición jurídica continental o anglosajona. Así lo reconocen el centenario Convenio de Berna, el Tratado OMPI sobre Derechos de Autor y los acuerdos sobre Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual
relacionados con el Comercio (ADPIC).

Que, el software constituye una verdadera obra literaria -cuyo lenguaje es el propio de la programación, el código fuente- y su desarrollador o creador es titular de una serie de derechos morales y patrimoniales sobre su obra. Si el desarrollador actúa independientemente se
identifica con el titular de los derechos; en cambio, si el software es desarrollado en forma dependiente o por encargo es usual que las legislaciones otorguen los derechos como titular a quien ha encomendado la obra.

Que, los derechos morales permiten al autor reivindicar la paternidad de la obra, oponerse a su deformación, mantenerla inédita, autorizar a terceros para terminar la obra inconclusa y exigir que se mantenga anónima o seudónima, si es su deseo.

Que, el “free software” o “software libre” es aquél cuyo desarrollador franquea el acceso al código fuente, a fin de que el usuario pueda modificarlo con miras a adecuarlo a sus propias necesidades; ello no implica que el software sea gratuito o se encuentre exento de costo alguno, sino tan solo que el usuario dispondrá de ciertas libertades esenciales para conservar el control respecto del programa.

Que, la principal entidad que promueve el software libre es la FreeSoftwareFundation (FSF), fundada por RichardStallman en 1984, cuyo proyecto GNU gestiona diversas licencias de este tipo, entre las cuales destacan GNU Public License (GPL), la Lesser GNU Public License (LGPL) y la GNU Free Documentation License (GFDL).

Que, el Software Libre tiene un sistema legal de protección mediante un sistema de licencias que obliga a respetar sus cuatro libertades (usar-copiar, estudiar, modificar, y redistribuir libremente) y evita la apropiación de las aplicaciones por corporaciones de software comercial, que luego lo patentan como propio. Para evitar estas apropiaciones la FSF ha desarrollado el sistema de licencias GPL (General Public License) que ha resultado ser una forma eficaz de protección contra la patentes.

Que, la Licencia GPL es la más utilizada actualmente y la que más apoyos está consiguiendo por parte de la propia comunidad del Software Libre, pues no solo obliga a que una aplicación cumpla las cuatro libertades, sino que su distribución en cualquier otro programa sea a su vez Licencia GPL.

Que, esta licencia consta de trece términos y condiciones para la copia, distribución y modificación, y en su traducción al castellano se indica que ésta no tiene validez jurídica y debe regirse por su versión en inglés.

Que, las entidades que suministran la licencia GPL o software de código abierto lo hacen a condición de que sus usuarios acepten los términos impuestos en los contratos de licenciamiento del Software, las que, por lo general, no son susceptibles de ser negociadas; son lo que se denomina un contrato de adhesión, reconocidas en nuestro código civil paraguayo. En que al usuario sólo le cabe aceptar o rechazar los términos, pero éstos no son objeto de negociación.

Que, que en líneas generales, la licencia GPL se enmarca dentro de lo previsto de las facultades previstas en la ley de Derecho de Autor y código civil paraguayo a favor del titular de los derechos sobre la obra, el que puede autorizar el uso de licencia GPL respecto de su creación. La licencia GPL no reniega el derecho de autor sobre las obras, al contrario, opera sobre el marco jurídico de ellos.  De ahí que las prácticas de licenciamiento del software libre por lo que concierne a los derechos de autor se avienen con la legislación interna, ello se explica por la aproximación normativa habida sobre la materia.

Que, el Gobierno Nacional ha tomado como política de estado la implementación y preferencia de soluciones de Software libre y Código abierto en base a la en la Carta Iberoamericana de Gobierno Electrónico, suscrita por nuestro país en fecha 10 de noviembre de 2007, se destaca como uno de los principios del Gobierno Electrónico el Principio de Adecuación Tecnológica, por el cual, “las administraciones elegirán las tecnologías más adecuadas para satisfacer sus necesidades. Se recomienda el uso de estándares abiertos y de software libre en razón de la seguridad, sostenibilidad a largo plazo y para prevenir que el conocimiento público no sea privatizado. En ningún caso este principio supondrá limitación alguna al derecho de los ciudadanos a emplear la tecnología de su elección en el acceso a las Administraciones Públicas”.

 En general, a la luz del derecho interno y tras la revisión de la licencia GPL precedentemente consignada, es posible afirmar que salvo ligeros reparos susceptibles de ser salvados contractualmente, es jurídicamente viable implementar prácticas de desarrollo de software, sea mediante desarrollo propio o por encargo, bajo la fórmula de licenciamientos de GPL.

Por tanto, es parecer de esta Asesoría Jurídica de que la Licencia Publica General GNU-GPL cumple todos los requisitos legales para su validez y se soporta enteramente en la actual legislación, por lo que esta Asesoría Jurídica considera que no existe incompatibilidad de la Licencia Pública General GNU (GNU-GPL) con las leyes nacionales.

Es mi dictamen, salvo mejor parecer.

Maricarmen Sequera Buzarquis

Abogada

Mat Nº: 21591

 

Sistema GP-WEB

22:14 en Noticias de LuisMa Riveros

El Sistema GP-Web, es una solución completa e integrada para la gestión de proyectos, gestión estratégica, el proceso interno de mensajes y documentos electrónicos, para cualquier organización pública o privada. Funciona en un ambiente WEB, creada en PHP y utiliza Base de Datos MySQL.

Fue desarrollado en 2006 y está mejorando constantemente, haciendo uso de una comunidad de más de 5000 miembros del Portal de Software Público Brasil, sugerencias para nuevas características e informar fallas.

Actualmente en el Crédito Agrícola de Habiltación se está implementando en fase de prueba.

Módulos que componen el Sistema GP-WEB.

  • Módulo de Gestión Estratégica, con el plan de manejo, mapa de estrategias, indicadores de control, prácticas de gestión, informe de gestión diferentes, con las bandas de 250, 500 y 1000 puntos del Gobierno Federal (PQGF) y la Fundación Nacional de la Calidad (FNQ), que permite a las agencias públicas y empresas privadas a mejorar su gestión y participar en los premios estatales y nacionales de calidad;
  • Proyecto de módulo de gestión, con varias interfaces para la creación y control de proyectos, ya en línea con el MOP y la metodología PMI. Puede importar proyectos de MS Project y dotProject, que se integra con el módulo de gestión estratégica;
  • Módulo de Mensajería Corporativa con firma electrónica, cifrado, el reconocimiento de la lectura, control horario, los pedidos, control de proceso, entre otras características;
  • Módulo de Gestión Electrónica de Documentos, con una interfaz para la creación de plantillas de documentos, el protocolo automático, entre otras características que hace que una gestión electrónica de documentos (EDM) en el mercado único;
  • Módulo de agenda colectiva y la lista de actividades a ser implementadas, integrado con otros módulos con una funcionalidad similar a Lotus Notes y Google Calendar.

GP-WEB versión en Español.

El Sistema GP-WEB está siendo traducido al español por la comunidad, actualmente la versión 7.7.8 está parcialmente migrada al español.

Descargar la versión GP-WEB en Español.

Uso do GP-Web pelo Governo Paraguaio

15:53 en Noticias de Ricardo Aveiro

 

 

 

Weblogger. – noticia original

  • Uso do GP-Web pelo Governo Paraguaio

 

GPweb

 

Fui contatado por representante do Governo Paraguaio, pois o GP-Web já está sendo utilizado por órgãos governamentais daquela Nação Amiga e eles têm interesse que o sistema seja traduzido para o Espanhol para difundir a utilização do mesmo. Já foi repassado para os mesmos as informações necessárias para que eu possa coordenar os esforços de tradução e mudança de código do GP-Web, que conta com mais de 1000 scripts PHP, para que possa haver a funcionalidade de multi-idiomas.

Premio FRIDA/IGF2011 : Proyecto: linuxacessivel.org

17:07 en Noticias de Ricardo Aveiro

Premio FRIDA/IGF2011 : Proyecto: linuxacessivel.org.

 

Resumen de la iniciativa

Linux  Accesible

 

 

linuxacessivel.org es una versión personalizada del sistema operativo de código abierto Ubuntu GNU / Linux (LTS) a las personas con discapacidad visual (total, parcial o sordoceguera) que hablan portugués o español.

El objetivo principal del proyecto es agregar linuxacessivel.org , las características de accesibilidad y ajuste correcto y la facilidad de uso para las personas con discapacidad visual pueden usar Ubuntu GNU / Linux desde el momento de arranque del sistema, y especialmente durante la instalación, una vez instalada. El resultado de este trabajo no es otro GNU / Linux Ubuntu, pero con los ajustes primarios y oportuna construido para los discapacitados visuales.

Ubuntu es accesible, pero no tiene el enfoque específico y esta es la razón de la existencia de linuxacessivel.org. linuxacessivel.org En el trabajo de la GNU Ubuntu / Linux se pueden destacar las principales diferencias:

- La selección de los programas instalados por defecto con mayor compatibilidad con el lector de pantalla Orca fuente abierta;

- Cambiar el comportamiento de algunos programas para un mejor uso de una discapacidad visual;

- accesibilidad actualizaciones independientes del canal de Software de Ubuntu GNU / Linux exclusiva linuxacessivel.org;

- Ajustes el uso del lector de pantalla Orca en las tareas administrativas;

- pequeños programas (scripts) desarrolladas por linuxacessivel.org para adaptarse mejor a la accesibilidad y la usabilidad;

- Atajos de teclado definidos para las diversas características del sistema operativo; – pantalla Diseño creado por los desarrolladores de linuxacessivel.org para ser utilizado específicamente para personas con problemas de visión;

- Sistema configurado para cargar en portugués (o español) y el lector de pantalla Orca activa desde la carga del sistema;

- Funciones de accesibilidad para ampliar la pantalla de sesión del usuario ;

- La activación de la línea (display) de pantalla para la lectura Braille.

El formato se distribuye gratuitamente en un Live CD que contiene todas las aplicaciones necesarias para el uso de un navegador web, presentación, procesamiento de textos, hoja de cálculo , mensajería instantánea y mucho más. Puesto que todas estas aplicaciones ya están ajustados a un mejor uso a través del lector de pantalla Orca y la línea Braille de código abierto.

Live CD es un CD, pen drive o una tarjeta USB que contiene un sistema operativo que no necesita ser instalado en el disco duro usuario desde el sistema operativo se ejecuta directamente desde el CD (pen drive o memoria USB) y memoria de la computadora. Esto asegura la portabilidad de la accesibilidad a los discapacitados visuales, ya que puede llevar a su sistema operativo completo acceso a sus datos en una memoria USB y ejecutarlo desde cualquier ordenador sin necesidad de instalación.

Como todo proyecto exitoso basado en linuxacessivel.org el ecosistema de software libre tiene una colaboración de desarrollo social, apoyo, documentación y difusión. Esto se hace eco el sistema social que llamamos comunidad. Linuxacessivel.org La comunidad se construye a través de la lista de correo de soporte para usuarios de la sala de chat en el IRC, el sitio y por contacto directo con el desarrollador del equipo del proyecto.

Linux Mint 9 – Remix 2.7

15:01 en Noticias de Rodolfo Arce

Notas de lanzamiento

La distribucion Linux Mint 9 fue customizadas para agregar software de aplicaciones para estaciones de trabajo. Entre las que podemos citar el reemplazo de la suite de ofimática OpenOffice por la nueva version LibreOffice. En su version estadar, la distribucion ya cuenta con los paquetes de reproducción de codecs, y se agregó la máquina virtual java, y el plugin del navegador Firefox para la misma.

Para descargas, haz click aqui

de admin

El Portal SPP

13:12 en Noticias de admin

El Portal de Software Público Paraguayo- SPP

El Portal de Software Público Paraguayo fue creado en abril de 2010 para compartir el software en el interés público y tratar el software como un bien público.

El portal se compone de:

El Portal de Software Público que ofrece un espacio (una comunidad) para cada software. Dicha comunidad se compone de un foro, noticias, chat,almacenamiento de archivos y descargas, wiki, lista de proveedores de servicios, usuarios, ingenieros, etc.